Fiscalidad
7 de Diciembre de 2022

Modelo 720: ¿Qué es, cómo funciona y quién debe presentarlo?

Modelo 720: ¿Qué es, cómo funciona y quién debe presentarlo?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado a favor de la Comisión Europea sobre el régimen sancionador relacionado con el Modelo 720. En virtud de esta sentencia, y a pesar de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no ha revocado la declaración de bienes en el extranjero, sí ha considerado que su régimen sancionador es muy desproporcionado. Además, el TJUE ha considerado que este vulnera la normativa europea sobre la libre circulación de capitales. Así pues, y gracias a esta jurisprudencia europea, los contribuyentes españoles podrán reclamar en los juzgados lo que hubieran pagado de más.

En definitiva, la nueva normativa suprime el carácter imprescriptible de las multas por no presentar esta declaración. No obstante, los contribuyentes seguirán estando obligados a declarar el Modelo 720 cuando tengan activos, bienes e ingresos en el extranjero. Además, la nueva normativa rebajará las sanciones por esta infracción.

¿Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración que tiene como objeto informar a Hacienda sobre los bienes y derechos que tiene el contribuyente en el extranjero. Este modelo tiene las siguientes finalidades:

  • Notificar sobre las cuentas en entidades bancarias y financieras que se sitúen en territorio extranjero.
  • Informar sobre los valores, seguros, derechos y rentas que se encuentren, estén gestionados o hayan sido obtenidos en el extranjero.
  • Comunicar sobre los bienes inmuebles o sobre los derechos sobre los bienes inmuebles que se encuentren en el extranjero.

¿Cuáles son los bienes al extranjero?

A efectos de presentar el Formulario 720, es fundamental saber cuál es el ámbito objetivo. Esto es: los bienes que deben ser declarados a través de este modelo por estar en el extranjero. Estos bienes son los siguientes:

  • Totalidad de las cuentas que se encuentren en el extranjero.
  • Valores y derechos que sean representativos de las entidades jurídicas que se encuentren en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmueble que se encuentren en territorio extranjero. Esto es lo que ocurre con derechos como el usufructo y la propiedad, entre otros. 
  • Seguros de vida o invalidez y rentas. Tanto de carácter temporal como vitalicio, cuyas empresas de seguro radiquen en el extranjero.
  • Acciones y participaciones en el capital social de Instituciones de Inversión Colectiva que se encuentren en territorio extranjero.

En cualquier caso, el contribuyente solo deberá presentar el formulario 720 cuando el valor de estos bienes supere los 50.000 euros.

¿Quién debe presentar el Modelo 720?

Están obligados a presentar el Modelo 720 las personas físicas y jurídicas que residan en territorio español. Así pues, el representante, titular, persona o entidad con poderes de disposición tendrá la obligación de informar a través de la presentación del formulario 720 de los seguros, valores, cuentas bancarias, rentas y bienes inmuebles que se encuentren en el extranjero.

También estarán obligados a presentar el Modelo 720 los siguientes contribuyentes:

  • Establecimientos permanentes del territorio español de personas o entidades que no residan en España.
  • Herencias yacentes.
  • Comunidades de bienes.
  • Entidades sin personalidad jurídica que formen una unidad económica.

Por otro lado, los contribuyentes no están obligados a informar a la Agencia Tributaria sobre aquellas sumas de bienes que no superen los 50.000 euros. Así, si no se supera esta cifra en fecha de 31 de diciembre del ejercicio correspondiente, no se deberá presentar este modelo.

¿Cuándo se tiene que presentar el Modelo 720?

El plazo de presentación del Modelo 720 será del 1 de enero y al 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquel al que se refiera esta declaración. Esto significa que la declaración 720 referida, por ejemplo, al ejercicio del año 2021, deberá presentarse en el plazo de tiempo que va del 1 de enero al 31 de marzo del año 2022.

Sin embargo, los contribuyentes que, por motivos técnicos, no puedan llevar a cabo la presentación del formulario 720, podrán presentar esta declaración durante los 3 días naturales siguientes al día en que finaliza el plazo de presentación de este documento. Esto es: el contribuyente que se haya encontrado con problemas técnicos podrá rellenar el modelo 720 y presentarlo hasta el día 3 de abril.

Sanciones del Modelo 720

La falta de presentación del Modelo 720 lleva aparejada una serie de sanciones. No obstante, se ha de tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así pues, el TJUE ha fallado a favor de la Comisión Europea. Esta denunció a España por el desproporcionado régimen sancionador que lleva aparejado la declaración 720. El motivo de la denuncia fue la contrariedad de las sanciones acorde a la normativa europea.

Con esta jurisprudencia europea queda sin efecto el régimen sancionador del Modelo 720 por ser este desproporcionado. No obstante, el formulario 720 sigue vigente y los contribuyentes con bienes en el extranjero estarán obligados a presentarlo.

Las sanciones del Modelo 720 enjuiciadas por el TJUE

Antes de la jurisprudencia del TJUE, la no presentación del Modelo 720 por quienes estuvieran obligados a hacer llevaba aparejadas sanciones del 150% sobre el valor de lo no declarado. También los contribuyentes que no presentaran este modelo estaban expuestos a multas de 5.000 euros por cada conjunto de datos omitido o erróneo.

Las nuevas sanciones del Modelo 720 y el nuevo plazo de prescripción

Después del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el legislador español se ha visto obligado a modificar la declaración 720. Es así como ha entrado en vigor la Ley 5/2022, que modifica la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. Esta nueva Ley también modifica el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Las nuevas sanciones no podrán superar el 50% de la cuota defraudada. Además, el delito derivado de la no presentación del Modelo 720 prescribirá a los 4 años. Tal y como ocurre con el resto de los delitos fiscales. Esta modificación es de gran importancia, ya que antes de la jurisprudencia del TJUE estas deudas no prescribían.

En definitiva, se eliminan las sanciones fijas por la no presentación de la declaración 720. Además, se aplicará el régimen sancionador de la Ley General Tributaria. No solo eso: también se eliminarán los regímenes de imputación de los incrementos no justificados y rentas que no han sido declaradas. En resumen, la no presentación del Modelo 720 llevará aparejada multas de entre los 150 y los 250 euros.

Además, se deberá tener en cuenta que los contribuyentes podrán reclamar las cantidades pagadas de más en concepto de multa por no presentar este modelo.

Relaciones del Modelo 720

Con el D6

El Modelo D6 y el formulario 720 son dos declaraciones de bienes y valores que se encuentran en el extranjero que deberán presentar los contribuyentes. No obstante, ambos modelos tienen diferencias importantes. Así, la declaración 720 tiene como finalidad declarar la existencia de bienes y derechos en el extranjero. A su vez, el Modelo D6 tiene como finalidad declarar inversiones en el extranjero.

Por otro lado, el formulario 720 solo deberá presentarse cuando el valor total de las inversiones supere los 50.000 euros. Por su parte, el Modelo D6 deberá presentarse obligatoriamente independientemente del valor de las inversiones en el extranjero.

La última diferencia entre uno y otro modelo es la presentación. La declaración 720 podrá presentarse del 1 de enero hasta el 31 de marzo. Sin embargo, el Modelo D6 solo podrá presentarse durante el mes de enero de cada año.

Con las criptomonedas

Las criptomonedas AEAT deberán ser incluidas en el Modelo 720, siempre y cuando se cumplan algunos requisitos. Así pues, siempre que se sitúen en el extranjero y su valor supere los 50.000 euros deberán estar incluidas en este modelo.

Las criptomonedas se almacenan en monederos virtuales o wallets. Su función principal es conectar la cuenta bancaria con la cadena de la compra en el blockchain y tener las claves de cifrado de las transacciones. Asimismo, existen dos tipos de wallets

  • Hot wallets: Es el servidor donde se almacenan las criptomonedas y se realizan las operaciones desde Internet.  
  • Cold wallets: Son dispositivos hardware donde almacenar las monedas. En este caso, la localización de la criptomoneda puede cambiar.

Entonces, ¿cuándo se considera que las criptomonedas se encuentran en el extranjero? Ya que dependiendo del tipo de wallet usado, la normativa de los bienes en el extranjero no sería aplicable. Podríamos decir que la normativa aplicable aún no es clara al respecto y se deberá esperar una reforma que aclare esta cuestión. 

En este sentido, el Ministerio de Hacienda está formulando el Modelo 721. El Modelo 721 tiene como finalidad extrapolar el marco normativo de la declaración 720 a los activos digitales como las criptomonedas.

Finalmente, es fundamental conocer el Modelo 720. Sobre todo después de las importantes modificaciones introducidas con motivo de la jurisprudencia del TJUE. Los contribuyentes podrán reclamar y recuperar parte del dinero que pagaron en concepto de multa por su no presentación.

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Francesc Xavier Casé Calsina
Responsable de áreaFrancesc Xavier Casé Calsina

Un innato espíritu de liderazgo avala la experiencia de nuestro ejecutivo. Es un líder en implementación de estrategias y soluciones profesionales. Un asesor nato para cualquier tipo de negocio. Tiene una amplia experiencia en prestar servicios de consultoría profesional. En su recorrido, ha prestado asesoramiento a todo tipo de empresas de distintos sectores, ofreciendo propuestas novedosas y resultados excelentes. Su veteranía le da una gran visión de negocio y de posibles oportunidades. Es un especialista en asesoramiento fiscal, financiero y gestión de personas.