Fiscalidad
4 de Enero de 2023

La guía definitiva de cómo rellenar el Modelo 720

La guía definitiva de cómo rellenar el Modelo 720

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la Comisión Europea sobre el régimen sancionador del modelo 720, encontrándolo desproporcionado y entendiendo que vulnera la normativa europea sobre la libre circulación de capitales. No obstante, el TJUE no ha revocado este modelo, si bien es cierto que, gracias a esta jurisprudencia europea, los contribuyentes españoles podrán reclamar en los juzgados todo el dinero pagado de más.

En cualquier caso, los españoles siguen estando obligados a presentar el modelo 720, por lo que resulta fundamental saber cómo hay que rellenarlo, aunque es cierto que las sanciones por la no presentación de dicho modelo han sufrido una rebaja considerable.

¿Para qué sirve el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración que sirve para informar a la Agencia Tributaria sobre los bienes y derechos que el contribuyente posee en el extranjero. En concreto, la declaración a Hacienda de este modelo cumple con tres finalidades:

  • Informar a Hacienda de las cuentas en bancos situados en el extranjero.
  • Informar a Hacienda de los valores, derechos, seguros y rentas que hayan sido obtenidos, radiquen o se gestionen en el extranjero.
  • Informar a Hacienda de los bienes inmuebles o de los derechos sobre este tipo de bienes que radiquen en el extranjero.

¿Qué hay que declarar en el modelo 720?

En el modelo 720 se deben declarar los bienes que se encuentran en el extranjero. No obstante, ¿qué bienes concretos han de ser declarados a Hacienda a través de la presentación del modelo 720? Los siguientes:

  • Cuentas bancarias que se encuentren en el extranjero.
  • Valores y derechos representativos de las entidades jurídicas que radiquen en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre estos bienes, como el usufructo o la propiedad, que se encuentren en el extranjero.
  • Seguros de vida o invalidez y rentas temporales o vitalicias cuando la empresa de seguro se encuentre en territorio extranjero.
  • Acciones o participaciones en el capital social de Instituciones de Inversión Colectiva que radiquen en el extranjero.

En cualquier caso, y a pesar de tener alguno de estos bienes o derechos, el contribuyente solo estará obligado a presentar el modelo 720 cuando el valor de estos bienes o derechos exceda de los 50.000 euros.

Cómo rellenar el modelo 720

Una vez identificado el contribuyente a través del sistema de identificación de Cl@ve PIN o del DNI o certificado electrónico, se podrá acceder a cumplimentar la declaración. A continuación, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Facilitar el NID y el nombre completo del contribuyente.
  2. Introducir en la página 2 los datos relativos a los bienes o derechos que se han de declarar. En el caso de las criptomonedas, el criterio de la Agencia Tributaria española es que estas deberán ser declaradas como bienes obtenidos en el extranjero siempre que superen los 50.000 euros. Cuando no superen los 50.000 euros, estas se incluirán en la declaración de la renta como una acción. Para poder declarar las criptomonedas en el modelo 720 es preciso extraer toda su información. Para ello, hay exchanges como DeGiro que facilitan un extracto completo con toda la información relativa a las criptomonedas. Tan solo se deberá acceder a la página web de DeGiro, ir a Cartera, clicar en Posiciones Abiertas y exportar toda la información.
  3. Rellenar los campos obligatorios relativos a la clave de condición del declarante, clave de tipo de bien o derecho, subclave de bien o derecho y código del país, así como otros campos que dependerán del bien o derecho de que se trate.

Presentación del modelo 720

El modelo 720 deberá presentarse entre el día 1 de enero y el día 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquel al que se refiera la declaración. De esta forma, si el modelo 720 en cuestión hace referencia al año 2022, este se deberá presentar entre el día 1 de enero y el día 31 de marzo del año siguiente, el año 2023.

Sin embargo, puede ocurrir que, por motivos técnicos, el contribuyente no pueda presentar este modelo. En este caso, el modelo 720 se podrá presentar durante los 3 días naturales siguientes al día de finalización del plazo de presentación. Esto significa que el contribuyente podrá presentar el modelo 720 hasta el día 3 de abril.

En cualquier caso, la declaración 720 se podrá presentar de dos formas diferentes. Son las siguientes.

A través de formulario

Una vez el contribuyente se haya identificado a través del certificado o DNI electrónico o a través del sistema de identificación Cl@ve PIN, accederá al formulario, el cual podrá cumplimentar manualmente o de forma telemática subiendo el fichero.

Una vez se hayan incluido todos los registros y se hayan revisado, el contribuyente solo deberá firmas y enviar la declaración.

A través de fichero

El modelo 720 se puede presentar a través de fichero si el contribuyente dispone de un archivo .720 creado con anterioridad con el formulario de la Agencia Tributaria o a través de otro programa, siempre que este mantenga el mismo diseño de registro.

Como ocurre con la presentación a través de formulario, el contribuyente deberá identificarse con el DNI o certificado electrónico o a través del sistema de identificación Cl@ve PIN. Después, se deberá clicar en ‘’Leer archivo’’ y, a continuación, seleccionar el fichero que se pretende validar y clicar en la opción de recuperar. El fichero se deberá validar y, una vez validado, se podrá presentar mediante formulario.

A través del modelo 720 las personas físicas o jurídicas deberán declarar los bienes y derechos que tengan o hubieran obtenido en territorio extranjero. A pesar de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que rebaja el régimen sancionador, los contribuyentes españoles siguen estando obligados a presentar este modelo y a declarar estos bienes y derechos. En cuanto a las criptomonedas, en la actualidad no existe un modelo específico a través del cual se puedan declarar. Sin embargo, hasta que la Agencia Tributaria facilite dicho modelo específico, los contribuyentes españoles deberán declarar las criptomonedas a través de su declaración de la renta si su valor no excede de los 50.000 euros y a través del modelo 720 si su valor excede de los 50.000 euros.

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Francesc Xavier Casé Calsina
Responsable de áreaFrancesc Xavier Casé Calsina

Un innato espíritu de liderazgo avala la experiencia de nuestro ejecutivo. Es un líder en implementación de estrategias y soluciones profesionales. Un asesor nato para cualquier tipo de negocio. Tiene una amplia experiencia en prestar servicios de consultoría profesional. En su recorrido, ha prestado asesoramiento a todo tipo de empresas de distintos sectores, ofreciendo propuestas novedosas y resultados excelentes. Su veteranía le da una gran visión de negocio y de posibles oportunidades. Es un especialista en asesoramiento fiscal, financiero y gestión de personas.