Subvención para favorecer el autoempleo de jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil
Desde ayer día 27 de Septiembre de 2017 y hasta el próximo 10 de Octubre de 2017, aquellos jóvenes que cumplan con el perfil del programa de Garantía Juvenil, y que tengan la intención de iniciar una actividad como trabajador autónomo o ya lo hayan hecho durante el período que se detalla a continuación, podrán solicitar una subvención de hasta 9.100 € destinada a garantizar unos ingresos mínimos durante el primer año de actividad.
¿Quién puede solicitarlo?
- Jóvenes de entre 18 y 29 años, previamente inscritos en el programa de Garantía Juvenil.
¿Cuáles son los requisitos para apuntarme al programa de Garantía Juvenil?
- Tener nacionalidad española, ser ciudadano de la Unión o de los Estados que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico o Suiza y que se encuentren en España de acuerdo con el ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán ser beneficiarios aquellos extranjeros que sean titulares de una autorización de residencia y trabajo.
- Estar empadronado en Cataluña.
- No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de solicitud.
- Adquirir el compromiso, mediante declaración expresa, de participar en el programa de Garantía Juvenil.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la subvención?
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, dentro del período desde el 1 de Septiembre hasta el 10 de Octubre, de forma previa a la solicitud de la subvención.
- Tener domicilio fiscal en Cataluña.
- Mantener el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante un período ininterrumpido de 12 meses si se quiere percibir la subvención de forma íntegra.
- No trabajar, de forma simultánea, por cuenta ajena durante el período de la subvención.
- No haber sido beneficiario de las ayudas de la línea A regulados por la Orden EMO / 298/2015, de 16 de Septiembre.
¿Quieres más información y/o que te echemos una mano con todos los trámites? Contacta con nuestra Área Laboral al 93 872 32 22 - laboralarfe.es